Consejo de la Administración aprueba nuevos precios para productos de primera necesidad

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    productos

    Al amparo de lo establecido en la resolución 306/23 del MFP, en su resuelvo vigésimo primero, donde faculta a los CAM para regular los precios máximos sobre los productos y servicios que prestan las MIPYMES, de mayor impacto en la población y cuando las circunstancias lo aconsejen para lograr precios más favorables a la población, el Consejo de la Administración, aprobó lo siguiente;

    Primero, fijar los precios máximos de los siguientes productos.

    1. Fijar como precio máximo de comercialización del pollo a 310.00 pesos la lb.
    2. Fijar como precio máximo de comercialización del picadillo importado a 280.00 pesos lb.
    3. Fijar como precio máximo de comercialización del aceite en sus 2 formatos más frecuentes; el del 1 Lt a 900.00 pesos y el de 0.9 Lt a 850.00 pesos
    4. Fijar como precio máximo de comercialización del arroz nacional a 190.00 pesos la lb.
    5. Fijar como precio máximo de comercialización del arroz importado en sus diferentes formatos a 220.00 pesos la lb en formato de 1 kg hasta 5 kg. Y en el caso del importado que se comercializa a granel en sacos de 50 kg a 195.00 pesos la lb.

    Segundo, los precios aprobados son de alcance municipal y de estricto cumplimiento por todas las formas de gestión (MIPYMES, TCP, entidades estatales, cooperativas) que comercializan estos productos.

    Tercero, notificar a los diferentes organismos de control para la organización y control de su cumplimiento (Finanzas y Precios, la DIM, la PNR)

    Cuarto, divulgar el presente acuerdo por las diferentes vías establecidas y las redes sociales para conocimiento de la población

    Quinto, el presente acuerdo entra en vigor a partir del día 1 de abril del 2024.

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